Declaración Responsable de Modificación de Uso
Información General
De acuerdo con lo establecido en el artículo 169 bis de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, están sujetas a declaración responsable ante el Ayuntamiento las siguientes actuaciones urbanísticas:
Los cambios de uso en las edificaciones, o en parte de las mismas, dentro de los permitidos por la ordenación urbanística vigente. Debe tratarse de edificaciones existentes, situadas en suelo urbano consolidado y conformes con la ordenación urbanística, que no alteren los parámetros de ocupación y altura, ni conlleven incrementos en la edificabilidad o el número de viviendas.
Conforme a la legislación básica en materia de suelo, en ningún caso se entenderán adquiridas por declaración responsable o actuación comunicada facultades en contra de la legislación o el planeamiento urbanístico de aplicación. Las actuaciones sujetas a declaración responsable que se realicen sin haberse presentado la misma, cuando sea preceptiva, o que excedan de las declaradas, se considerarán como actuaciones sin licencia a todos los efectos, aplicándoseles el mismo régimen de protección de la legalidad y sancionador que a las obras y usos sin licencia.
¿Quién debe solicitar este trámite?
Tienen el deber de presentar declaración responsable todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, interesadas en realizar algunas de las siguientes actuaciones:
TIPO DE ACTUACIÓN.
A.1.- Modificación de uso total o parcial en edificios, establecimientos e instalaciones ubicadas en Suelo Urbano Consolidado, y conformes con la ordenación urbanística, dentro de los permitidos por la ordenación urbanística vigente.
Cuándo debe presentarse la solicitud?
Previamente a la modificación de uso.
La declaración responsable faculta para realizar la actuación urbanística pretendida en la solicitud desde el día de su presentación, siempre que vaya acompañada de la documentación requerida en cada caso, y sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección posterior que correspondan.
Normas generales.
Las personas interesadas en la concesión de una licencia previa o actos de control o comprobación de declaración responsable, vendrán obligados a presentar solicitud que habrá de ser formulada por el promotor o persona interesada, en la que se especificarán la naturaleza, extensión y alcance de los actos de construcción o edificación, instalación y uso del suelo, vuelo y del subsuelo que se pretenda realizar, así como el lugar y emplazamiento y, en general, la información necesaria para el conocimiento del contenido de dichos actos. A la solicitud se acompañará la documentación específica que se indica en los siguientes apartados, la cual podrá ser presentada por formato electrónico en cualquier soporte o medio telemático (CD, DVD, descargas telemáticas autorizadas, etc…).
Según lo establecido en el Art. 169 bis de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, cuando las actuaciones requieran de alguna autorización o informe administrativo previo para el ejercicio del derecho conforme a la normativa sectorial de aplicación, no podrá presentarse la declaración responsable sin que la misma se acompañe de los mismos o, en su caso, del certificado administrativo del silencio producido.
Documentación necesaria.
TIPO DE ACTUACIÓN:
Tipo A.1.
Certificado, descriptivo y gráfico, suscrito por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio profesional, cuando así lo exija la normativa estatal, en el que conste:
La identificación catastral y registral del inmueble
la terminación de la obra en fecha determinada.
la descripción del estado de conservación del edificio y las instalaciones con que cuenta, y acredite, en atención a las circunstancias anteriores, la aptitud del mismo para destinarse al uso previsto en las debidas condiciones de seguridad, solidez y salubridad.
Descripción del uso actual y el previsto.
Justificación de la adecuación de este último a la ordenación urbanística de aplicación.
Documentación justificativa del correcto funcionamiento de las instalaciones ejecutadas en el inmueble conforme a su normativa reguladora y, en su caso, certificación o informe emitido por las empresas suministradoras de los servicios públicos, de que las redes son accesibles desde la edificación sin precisar nuevas obras, y de ser viable dicha acometida.
Documento justificativo de que el edificio figura dado de alta a los efectos del Impuesto sobre Inmuebles (copia del último recibo) o, en su caso, justificación de que se ha solicitado dicha alta.
Fotografía de la fachada en tamaño mínimo de 9 x 13 cm.
Obligaciones económicas.
Tasa por otorgamiento de licencias urbanísnticas (Ordenanza fiscal nº 9). Puede consultar las ordenanzas fiscales muncipales a través de este enlace.
Modo de realizar el trámite
Procedimiento presencial:
- Entregando la solicitud cumplimentada y la documentación que es necesario acompañar en la Oficina de Registro del Ayuntamiento, situada en C/ Puerta de Aguilar nº 10.
En ese momento se abonará la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal nº 9
Procedimiento Electrónico
- Presentando la solicitud y la documentación adicional a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, utilizando para ello el trámite «Registro de entrada (NO FACTURAS)».
Al realizar el trámite electrónico, debe adjuntarse justificante bancario correspondiente al abono de la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal nº 9. Para más información acerca del importe y la cuenta bancaria en la que debe realizarse el ingreso, debe dirigirse a la Oficina de Registro del Ayuntamiento (Tlf: 957 650 150 ext. 134).
Puede realizar este trámite electrónico y obtener información sobre el mismo desde este enlace.
Modelos y Formularios
Cuestionario del Ministerio de Fomento sobre estadística de construcción de edificios.
- Formato pdf. Descargar PDF
- Formato xls. Descargar xls
Nota: Tras rellenar el modelo de solicitud, como paso previo a su presentación a través de la Sede Electrónica, debe procederse a convertir el fichero pdf a formato no editable.